José María Ferrer / 03 Julio 2019

Controles oficiales e inspecciones de alimentos, ¿se armonizarán criterios?

Durante 2018 se han realizado más de medio millón de inspecciones de alimentos y controles oficiales en establecimientos alimentarios según los datos del Ministerio de Sanidad, esta cifra nos permite hacernos una idea de la importancia que tiene el hecho de que la aplicación del Derecho Alimentario sea uniforme en toda España. Compartimos algunas reflexiones sobre esta cuestión.

¿Quién lleva a cabo los controles oficiales?

La ejecución de los controles oficiales en productos alimenticios se lleva a cabo por parte de las Comunidades Autónomas a través de los inspectores oficiales. Unos 7.000 profesionales de la Administración controlan la cadena alimentaria en todas las fases, desde la producción primaria hasta la puesta a disposición del consumidor/a.

El PNCOCA se desarrolla desde los dos ministerios con competencias en esta materia, Sanidad y Agricultura, que son los encargados de diseñar el plan cuatrienal, en este momento está en curso el 2016-2020. Ahora la ejecución del Plan se lleva a cabo por parte las distintas comunidades autónomas.

¿Se da una aplicación uniforme en todas las Comunidades Autónomas?

Desde nuestra experiencia en la materia consideramos que no se da una aplicación homogénea de la regulación aplicable a los productos alimenticios en España. Nos encontramos con interpretaciones muy distintas en función de las Comunidades Autónomas y también en función de la autoridad competente que asume el control en cada caso.

Son frecuentes las situaciones en las que un operador alimentario ve como un producto que comercializa en todo el territorio nacional es tratado de forma distinta por la inspección de alimentos en función de en qué CCAA se haga el control. Estos casos se dan en las distintas áreas reguladas por el Derecho Alimentario, pero con especial incidencia en cuestiones relacionadas con la información al consumidor y el etiquetado de los alimentos.

Unidad de Mercado para una aplicación uniforme del Derecho Alimentario

Ante este tipo de situaciones surge la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. La ley se plantea para lograr una efectividad real del principio de unidad de mercado en el territorio nacional.

En el caso de nuestro sector afecta directamente a la actividad, dado que las actuaciones de inspección de alimentos y control por las autoridades competentes, como es el caso de los servicios de inspección de alimentos en frontera de productos alimenticios exportados e importados o el control oficial de alimentos con carácter general, deben respetar los principios de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.

¿Qué es la unidad de mercado?, cuando nos referimos a este concepto, debemos entenderlo como las actuaciones o medidas que contribuyan a garantizar:

  • La libre circulación y establecimiento de los operadores económicos,
  • La libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio español y
  • La igualdad de las condiciones básicas de ejercicio de la actividad económica.

¿Se coordina la Administración?

Como decíamos, las cuestiones que afectan al sector alimentario pasan por Sanidad y Agricultura, que deben estar coordinados para lograr la correcta aplicación de la legislación vigente.

Desde el punto de vista teórico existen herramientas para lograr la coordinación y colaboración entre las áreas competentes, en este caso nos referimos a la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria en la que están representados todos los agentes:

Servicios Autonómicos de Control de la Calidad y Defensa contra Fraudes, por la Dirección General de la Industria Alimentaria (Subdirección General de Control y de Laboratorios Alimentarios), del Ministerio de Agricultura (MAPAMA), con participación en ocasiones de representantes del sector, en razón de la materia a tratar, con voz pero sin voto.

La Mesa de Coordinación trabaja para lograr la la lealtad en las transacciones comerciales, mantener la unidad de mercado y la calidad de la producción de la industria alimentaria en origen.

Para ello se pueden desarrollar acciones en el ámbito legislativo (debate de proyectos normativos) y también de carácter técnico y documental (elaboración de procedimientos o programación de controles).

A modo de conclusión, vemos que existen los mecanismos y la mejor de las intenciones, pero a pesar de ello la aplicación homogénea de los controles oficiales todavía no se ha logrado. Esto da lugar a un elevado coste que dificulta de forma considerable la actividad de las empresas.

Es necesario que se eliminen estas situaciones que suponen un importante obstáculo en la actividad de las industrias. Afectan la competencia efectiva, reducen la productividad y el crecimiento económico y, en líneas generales, el avance de un sector fundamental en la actividad industrial.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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